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Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia

¿Cómo notificar una concentración?

 
 
Todo acto de concentración económica deberá ser notificado a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia diez días antes de la celebración del mismo por las empresas participantes cuando se dé por lo menos una de las condiciones siguientes:
a) Cuando como consecuencia de la operación se alcance una participación igual o superior al 50% del mercado relevante
b) cuando la facturación bruta anual en el territorio uruguayo del conjunto de los participantes en la operación, en cualquiera de los tres últimos ejercicios contables, sea igual o superior a UI 750.000.000.
de conformidad a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley 18.159 de 20 de julio de 2007.

Se consideran actos de concentración económica aquellas operaciones que supongan una modificación de la estructura de control de las empresas partícipes mediante: fusión de sociedades, adquisición de acciones, de cuotas o de participaciones sociales, adquisición de establecimientos comerciales, industriales o civiles, adquisiciones totales o parciales de activos empresariales, y toda otra clase de negocios jurídicos que importen la transferencia del control de la totalidad o parte de unidades económicas o empresas.

Serán responsables de la omisión de notificar a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, los administradores, directores y representantes de hecho o de derecho, en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley 18.159. La sanción podrá ser de hasta el 1% del monto total de facturación anual de las empresas para cada uno de los infractores, según prevé el artículo 39 del Decreto 404/007 de 29 de octubre de 2007.

Las empresas deberán presentarse mediante nota dirigida a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, con firma certificada por escribano público, de las partes intervinientes o sus representantes o apoderados con facultades suficientes para notificar la concentración económica, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto 404/007.

Deberán agregar la información que se detalla a continuación en tres copias impresas y otra en formato electrónico. La información deberá acompañarse de los elementos probatorios de que dispongan los solicitantes. Asimismo, en caso de que la información sea estimada, esto deberá aclararse, así como la metodología seguida para su estimación.

Formato para notificación de concentración económica

 
 
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© Ministerio de Economía y Finanzas - República Oriental del Uruguay | Última actualización: 17/05/2013 | Mapa del sitio | Internet Explorer compatible Mozilla Firefox compatible