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Sistema Generalizado de Preferencias

 
 
 
   
 

    

 

El Sistema Generalizado de Preferencias es un Instrumento del Comercio Internacional mediante el cuál los países desarrollados otorgan franquicias o rebajas arancelarias, sin reciprocidad ni discriminación a, gran parte de las importaciones de países en vías de desarrollo.-

 
 
 

Antecedentes

El Comercio Internacional se basó en el principio de no discriminación y en el de reciprocidad aplicando la cláusula de nación más favorecida, por la que cualquier beneficio otorgado a un país se considera automáticamente válido para los demás países.-

En mayo de 1963, en la reunión de Ministros del GATT, los ministros de la CEE y de los Estados Asociados de la CEE, propusieron como medida para favorecer el comercio y desarrollo de los países poco desarrollados, el estudio de la concesión de un tratamiento preferencial a favor de los productos exportados por los países poco desarrollados.-

En 1964, durante la primera conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo que tuvo lugar en Ginebra en el marco de la UNCTAD, la mayoría de los estados miembros apoyaron esta idea y se acordó establecer una Comisión de Representantes de países desarrollados y en desarrollo para estudias la instrumentación de un Sistema Preferencial Arancelario.-

Paralelamente continuaban los debates en el GATT tendientes a adaptar la estructura del Acuerdo a los problemas especiales de los países en desarrollo, los que culminaron con la adición a éste de una Parte IV denominada Comercio y Desarrollo, la que despejó el camino para hacer efectiva la idea de establecer el sistema preferencial arancelario a favor de los países en desarrollo.-

En la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, celebrada en Nueva Delhi en 1968, fue aprobada por unanimidad la Resolución 21 (II), por la que los países desarrollados se comprometían a establecer un sistema generalizado de preferencias a favor de las importaciones de productos originarios de los países en desarrollo.- En 1970 se acordaron las bases para la implantación del Sistema y se comprometieron todos los países desarrollados a ponerlo en práctica .-

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Principios fundamentales

El SGP se basa en tres principios fundamentales:

- Generalizado: es aplicado por todos los países industrializados.-

- No reciproco: significa que aquellos países beneficiados no están obligados a otorgar a los países donantes una reducción arancelaria similar o equivalente.-

- No discriminatorio: deben beneficiarse del mismo todos los países en vías de desarrollo.-

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Objetivos

- aumentar el ingreso de exportaciones de los países en desarrollo
- favorecer el desarrollo económico e industrial
- ayuda a los países en vías de desarrollo.-

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Conveniencia de su utilización

La utilización del SGP permite que se produzca un "margen de preferencia" a favor del producto que exporta el país beneficiado, en relación a otros países que continúan ingresando a esos mercados con aranceles normales.-

Con esto se obtiene la posibilidad de obtener un margen de ganancia mayor por la venta de sus productos, dicha ganancia, dependiendo del tipo de negocio podría ser percibida en su totalidad por el exportador o podrá ser compartida con el importador.-

Al SGP no se lo puede tomar como una solución única para la búsqueda de mercados, sino como un instrumento para el avance hacia el logro de condiciones optimas de comercialización. La no utilización del mismo puede hacer la diferencia entre acceder o no a un mercado.-

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Países que otorgan preferencias

Los países otorgantes del SGP comprenden más de 25 naciones desarrolladas de economías de mercado, mientras que los países beneficiados incluyen a más de 140 países en desarrollo y menos desarrollados.

4 Estados Unidos

Información general

Las exportaciones de nuestro país a EE.UU. durante el año 2009 al amparo del SGP fueron por un valor aproximado de 40 millones de dólares lo que significa un 22% del total de las exportaciones a ese país. De los 3400 productos elegibles; Uruguay a utilizado la preferencia para 225 de ellos entre los que se encuentran: madera contrachapada, tapicería de cuero, y utensilios de plástico entre otros.

En lo que refiere al año 2010, se ha notado un sensible descenso de las exportaciones bajo este sistema comparado con los primeros 5 meses del año anterior pero igualmente es de hacer notar que Uruguay se encuentra en el lugar 21 en el ranking de los países beneficiarios del sistema.

El arancel promedio ad valorem que los importadores de EE.UU. de productos uruguayos se ahorran de abonar por usar este sistema es de 5.8 % no obstante productos por un valor de 3 millones de dólares con preferencia arancelaria entraron al mercado de los EE.UU. sin ampararse en este sistema resultando un pago innecesario de aranceles por 100 mil dólares.

En lo que refiere a los textiles artesanales, Uruguay junto a otros 15 países amparados en el sistema forma parte de un acuerdo de artesanías certificadas son EE.UU. que implica tratamiento libre de aranceles para productos como algunos tejidos a mano como ser: tapices (HTSUS 6304.99.10) y fundas de almohadón (HTSUS 6304.99.40)

Por su parte, en lo que a productos agrícolas refiere, por ser considerados “sensibles” y a veces sujetos a cupos de importación (ej. Quesos) no es fácil su inclusión aunque en algunas ocasiones como resultado de un revisionismo hecho en el año 2009 se admitió cierto tipo de queso rallado como así también algunos vegetales, frutas, granos y ciertos cortes de carne.

Guía para el usuario - Ingresar a la siguiente dirección:

http://www.usitc.gov/tata/hts/bychapter/index.htm

De la lista de archivos que aparecen en color azul, seleccionar el que corresponde al capítulo del producto que desea consultar. El nombre del archivo termina con el número del capítulo. Por ejemplo: si desea consultar el capítulo 9, tiene que hacer clic en el archivo 0400C09.pdf.

Una vez abierto el archivo en formato PDF, para saber si un producto está amparado por el SGP, en la columna "Special" de la tabla que se encuentra en el mismo, debe estar la letra A o A*. Si no se encuentran estas letras el producto no está amparado por el SGP.

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.dataweb.usitc.gov

4 Unión Europea

Información general

Guía para el usuario - Ingresar a la siguiente dirección:

http://exporthelp.europa.eu/index_es.html

Hacer clic en derechos de importación, introducir los seis primeros números del producto deseado y el nombre del país (Uruguay), buscar la posición exacta y hacer clic sobre ella, luego hacer clic en "ver" , si en la columna "origen " se encuentra la sigla "sgp" el producto esta incluido.

4 Japón

Información general

Guía para el usuario - Buscar si el producto se encuentra en la lista de productos amparados por el SGP en el archivo en formato PDF que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.mofa.go.jp/policy/economy/gsp/product.pdf

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.mofa.go.jp/policy/economy/gsp

4 Australia

Información general

Para conocer más sobre el proceso de importación:

http://www.customs.gov.au/site/page4267.asp

Para tener acceso al esquema ingresar a la siguiente dirección:

http://www.customs.gov.au/site/page5663.asp

Por consultas sobre normas de origen ingresar a:

http://www.customs.gov.au/site/page6010.asp

4 Canadá

Información general

Guía para el usuario - Ingresar al archivo en formato PDF que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.cbsa-asfc.gc.ca/trade-commerce/tariff-tarif/2008/t2008-05/t2008-05-01-99-eng.pdf

Ubicar el producto deseado, si en la columna "Tarifa Preferencial Aplicable" aparece la sigla "gpt" el producto se encuentra amparado por el SGP, de lo contrario no está incluido.

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.cbsa-asfc.gc.ca

4 Nueva Zelanda

Información general

Guía para el usuario - Para encontrar un producto debe ingresar a la siguiente dirección:

http://www.customs.govt.nz/library/The+Working+Tariff+Document/default.htm

Buscar el producto por capítulo, una vez encontrado tendrá preferencia si en la columna "*Preferential Tariff" aparece la sigla (LDC) Less Developed Country.

Cualquier otra información comercial la encontrará en la web del Ministerio de Economía de Nueva Zelanda:

http://www.med.govt.nz/

4 Federación Rusa y Belorus

Información general

Guía para el usuario - Ingresar a la lista de productos con tarifas preferenciales que se encuentra en el archivo en formato PDF en la siguiente dirección:

lista_productos_federacion_rusa_belorus.pdf

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.customs.ru:80/tk_en/PART_I_GENERAL_PROVISIONS.htm

4 Noruega

Información general

Guía para el usuario - Ingresar a la siguiente dirección:

http://www.toll.no/templates_TAD/Article.aspx?id=146952&epslanguage=EN

Ubicar el producto en una de las siete listas que se encuentran en "Part 3 - scope of products".

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.toll.no/templates_TAD/Article.aspx?id=146952&epslanguage=EN

4 Suiza

Información general

Guía para el usuario - Ingresar a la siguiente dirección:

http://xtares.admin.ch/tares/home/homeFormHandler.do;jsessionid=JTnnJbr0BWJhGrfvLqW0QSPfKQfm12QGCc3y9ngbrLykq3sqG9hy!-1403686370

En la lista desplegable "Iso/Country:" seleccionar Uruguay. Luego hacer clic en el botón "Tariff overview". Buscar el capítulo deseado y ubicar el poroducto, luego hacer clic en el icono de las monedas. En el caso que el producto se encuentre amparado en la columna "Normal" debería indicar GSP, de lo contrario no se encuentra amparado.

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://xtares.admin.ch

4 Turquía

Información general

Guía para el usuario - De acuerdo con las disposiciones del Acuerdo de Unión Aduanera, Turquía tiene que alinearse con la Unión Europea en el marco del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), tales preferencias arancelarias a los países benefeciados con el SGP se reflejan en la lista II del esquema de la Unión Europea.

Por más información ingresar a la siguiente dirección:

http://www.dtm.gov.tr/dtmweb/indexen.cfm

 

Aquellos productos que tengan arancel libre de ingreso a cualquier país que otorgue preferencias no se podrán amparar al SGP.

Toda mercadería que este amparada por el SGP debe cumplir con los requisitos de origen establecidos por cada país donante, si usted desea saber si su producto cumple con dichos requisitos consúltenos.

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Procedimientos

4 para la emisión de certificados de origen (formato pdf)

4 datos mínimos para la Declaración Jurada de Origen - DJO (formato pdf)

4 formulario relación entrega-retiro certificados de origen, uso exclusivo CIU, CMPP y CNS (formato xls)

 

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Comunicados

Comunicado 01/09

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Contactos

Ministerio de Economía y Finanzas - Sistema Generalizado de Preferencias

Colonia 1206 - 2do. piso

Si desea hacer consultas y comentarios, puede hacerlo a la dirección de correo electrónico sgp@mef.gub.uy.

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