Admisión Temporaria de Proyectos de Inversión presentados ante COMAP

A partir del 28 de diciembre del 2015 el trámite de solicitud de aprobación para Admisión Temporaria de Proyectos de Inversión expedido por la APC -MEF se realiza a través de la VUCE.

ADMISIÓN TEMPORARIA EN EL MARCO DE UN PROYECTO DE INVERSION PRESENTADO ANTE LA COMAP - ATPIA 

El trámite de solicitud de aprobación para Admisión Temporaria de Proyectos de Inversión expedido por la Asesoría Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas se realiza exclusivamente a través de la VUCE.  Para gestionarlo, la empresa deberá estar registrada en VUCE (VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR); si el trámite es realizado por un Despachante de Aduanas en su representación, quien deberá estar registrado es éste último. 

Dicha página web cuenta con un Instructivo a fin de explicar el paso a paso de cómo completar el formulario y cómo utilizar la plataforma de la mejor manera. Instructivos VUCE

DOCUMENTACION ADJUNTA REQUERIDA:

- Nota de solicitud dirigida al Sr. Ministro de Economía y Finanzas, fundamentando la misma, identificando los bienes a ampararse en el régimen, firmada por representante debidamente autorizado.
- Certificado notarial acreditando personería jurídica y representación invocada.
- Factura Proforma de los bienes cuyo ingreso en AT se solicita (traducida al español por traductor público).
- Constancia de presentación del proyecto de inversión ante COMAP.
- Constancia de NO competitivo de los bienes con la industria nacional, expedida por la Dirección Nacional de Industrias del MIEM o nota informativa de norma excluyente.
- Nómina de los bienes presentada ante la CIU y dictamen de ésta sobre su competitividad o nota informativa de norma excluyente.
- Declaración jurada de que los bienes cuya AT se solicita e integran el proyecto de inversión, firmada por representante debidamente acreditado.
- En el caso de corresponder, autorización de despachante de aduanas, dirigida al Sr. Ministro y que la misma se expida bajo lo establecido en el art. 14 del CAROU.

IMPORTANTE: TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA PARA EL TRÁMITE, DEBE SUBIRSE AL SISTEMA EN ESCANEO PERFECTAMENTE LEGIBLE (TEXTO, FIRMAS Y CONTRAFIRMAS), LOS CERTIFICADOS NOTARIALES NO PODRÁN TENER FECHA ANTERIOR A 60 DIAS DE LA SOLICITUD Y DEBERÁN SER COLOCADOS EN LOS CAMPOS QUE LE CORRESPONDAN.

-En el caso de ser un proyecto solicitado al amparo del Decreto 175/003, se deberá aclarar el mismo en la solicitud.
-En el caso de vehículos o maquinaria se deberá agregar el formulario de declaración jurada de vehículos.

FORMULARIOS:

FORMULARIO DECLARACION JURADA
FORMULARIO DECLARACION JURADA VEHICULOS

VINCULOS DE INTERES: Comap

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Asesoría Politica Comercial

Dirección: Colonia 1206, edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores, 2º piso.
Teléfono : 1712 4310/11 - Correo Electrónico: apc@mef.gub.uy

Última Actualización: 04/11/2020