Decreto 353/001 (Derogado por Dec. 156/016)
Referente a la exigencia de la presentación de la constancia de haber cumplido con la inscripción en el Registro de los Estados Contables.
Promulgación : 06/09/2001
Publicación : 13/09/2001
BATLLE - ALBERTO BENSION
VISTO: I) lo dispuesto por el artículo 97º (bis) de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, en la redacción dada por el artículo 61º de la Ley 17.243, de 29 de junio de 2000, en cuanto a la obligación de las sociedades de registrar sus Estados Contables ante el Organo Estatal de Control.-
II) lo dispuesto en el Decreto Nº 253/2001 de 4 de julio de 2001, que reglamentó dicha norma legal.-
CONSIDERANDO: que se ha estimado conveniente introducir algunos ajustes a las disposiciones contenidas en el mencionado Decreto.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: